Facultades y Escuelas
Los parámetros utilizados para el cálculo de los metros asignados a una Facultad o Escuela son los que a continuación se enumeran:
• Número de personas del equipo decanal reconocidas por el Vicerrectorado con competencias en Planificación Económica.
• Número de personal administración y servicios adscrito.
• Número de horas docentes reconocidas por el Vicerrectorado con competencias en Ordenación académica.
• Numero de titulaciones Oficiales.
La Junta de Facultad o Escuela podrá asignar los espacios como considere oportuno para el correcto funcionamiento de la misma.
Como criterio general, se establece que aquellas aulas de teoría, laboratorios docentes, salas de informática, salones de actos, etc. ubicados o integrados dentro de las Facultades o Escuelas no computarán sus metros siempre y cuando estén disponibles para toda la comunidad universitaria, aunque con un uso preferente para dicha Facultad o Escuela. La gestión de los mismos corresponderá a los centros, informando a Gestión de Espacios de la ocupación de los espacios.
La asignación de metros para los puestos de trabajo de las Facultades y Escuelas sigue los mismos criterios que para los Departamentos, estableciéndose un espacio de referencia de 10 m2. Aquellos puestos de trabajos que estén ubicados en despachos compartidos podrán tener una reducción del espacio mínimo del 15%.
Despachos de facultades y escuelas
Despachos del personal de administración y servicios:
El total de puestos de trabajo requeridos correspondiente al personal de administración y servicios adscrito a una Facultad o Escuela es el resultado de la aplicación de la fórmula: ATR= Atc + R(Atp/3)
Donde:
ATR es el número de puestos de trabajo para el personal de administración y servicios.
Atc es el número de personal de administración y servicios a tiempo completo, exceptuando
a los Administradores de Centros.
Atp es el número de personal de administración y servicio a tiempo parcial.
R es el redondeo al entero superior.
El total de superficie de trabajo requerida correspondiente al personal de administración y servicios de una Facultad o Escuela es el resultado de la aplicación de la fórmula:
SPTR= ATR x 10 m2
Despachos del equipo de dirección de facultad o escuela y de administrador/a de centro de facultad o escuela:
Los puestos de trabajo necesarios para el equipo directivo y administrador/a de centro de las Facultades y Escuelas se determinan siguiendo los criterios expuestos a continuación:
• Al/a la Decano/a o Director/a de la Facultad o Escuela le corresponderá un puesto de trabajo equivalente a un mínimo de 15 m2.
• Al/a los/as Administrador/es de Centro le/s corresponderá un puesto de trabajo equivalente a un mínimo de 15 m2.
• Cada Vicedecano/a o Subdirector/a de Facultad o Escuela equivaldrá a una tercera parte de un puesto de trabajo dedicado a Decano/a o Director/a. El número de Vicedecanos/as o Subdirectores/as es el reconocido por el Vicerrectorado con competencias en Planificación Económicas a efectos presupuestarios.
SDTR= [D + AC +R (VS / 3)] x 15 m2
Donde:
D es el Decanos/as o Directores/as de Facultades o Escuelas.
AC es el número de Administradores/as de Centro de Facultades o Escuelas.
VS es el número de Vicedecanos/as o Subdirectores/as de Facultades o Escuelas.
R es el redondeo al entero superior.
La superficie total de trabajo para despachos a habilitar en una Facultad o Escuela es el resultado de la aplicación de la fórmula: STD= SPTR + SDTR
SALAS DE REUNIONES DE FACULTADES Y ESCUELAS:
La asignación de espacios a las Facultades y Escuelas destinados a habilitar Salas de Reuniones se establecerá en función de la carga de créditos impartidos (medida en horas docentes reconocidas por el Vicerrectorado de Ordenación Académica y Profesorado). SS= Nº horas Escuela o Facultad x 0,005
Donde:
Nº horas Escuela o Facultad es el número de horas reconocidas por el Vicerrectorado con competencias en Ordenación Académica.
DELEGACIONES DE ALUMNOS
La asignación de espacios destinados al desarrollo propio de actividades relacionadas con los miembros de las Delegaciones de Alumnos de las Facultades y Escuelas se establecerá en función del número de titulaciones oficiales que imparta la Facultad o Escuela. La superficie total de trabajo a habilitar para este fin será el resultado de la aplicación de la fórmula: SD= Nº t x 5 m2
Donde:
Nº t es el número de titulaciones oficiales adscritas a la Facultad o Escuela.
ESPACIOS DOCENTES DE FACULTADES O ESCUELAS:
Los espacios docentes (aulas, seminarios, laboratorios, etc.) que estén adscritos a las Facultades o Escuelas no computarán siempre y cuando, tengan una asignación superior a 15h semanales ambos cuatrimestres y una vez asignados los horarios del curso en vigor, queden a disposición de la comunidad universitaria. En caso contrario, se computarán dentro del criterio anterior (salas de reuniones y seminarios de Facultades o Escuelas). La gestión de estos espacios corresponderá a las Facultades o Escuela, comunicando a Gestión de Espacios los horarios de ocupación de los mismos.
La superficie total asignada a cada Facultad o Escuela será el resultado de la suma de cada una de las superficies parciales de despachos, salas de reuniones y delegación de alumnos, así la fórmula planteada es:
ST = SPTR + SDTR + SS + SD
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